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La aprobación definitiva de la Ordenanza del Comercio Ambulante irá a Pleno


Tiene en cuenta las alegaciones y sugerencias formuladas por el Consejo Andaluz de Comercio a la aprobación inicial de marzo de 2015.-

El Gobierno municipal llevará al Pleno Ordinario de febrero una propuesta de la delegación de Mercado sobre la aprobación definitiva de las modificaciones de la Ordenanza Reguladora del Comercio Ambulante en Chiclana.

Tras la aprobación inicial en el Pleno del 26 de marzo de 2015 y su posterior exposición pública, desde el Consejo Andaluz de Comercio se presentó una serie de alegaciones y sugerencias al documento, fundamentalmente relacionadas a los cambios en la Normativa Legal, que han sido tenidas en cuenta de cara a la redacción de las modificaciones a la Ordenanza, con el fin de su aprobación definitiva en la próxima sesión plenaria.

Las novedades respecto a la aprobación inicial son, entre otras, la duración de la autorización del mercadillo, que será por un periodo de 15 años, prorrogable por otros 15; la concreción de 180 puestos en el parque periurbano de Las Albinas del Torno, de los cuales 140 tendrán seis metros lineales de mostrador, mientras que el resto será de dos metros; la adaptación del lenguaje no sexista a la Ordenanzao o la modificación de las sanciones por infracciones leves, graves o muy graves.

Existen tres modalidades. Por un lado, el mercadillo que, en el caso de Chiclana se celebra cada martes y que tiene una periodicidad regular y determinada. Por otro, el comercio callejero, que es aquel que se realiza en las vías públicas en puestos aislados desmontables; mientras que el comercio itinerante se realiza en las vías públicas a lo largo de itinerarios establecidos, con el medio adecuado, ya sea transportable o móvil.

En caso de aprobarse definitivamente las modificaciones, la ordenanza será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de edictos y en la página web municipal, además de notificarse al Consejo Andaluz de Comercio de la Junta de Andalucía. De que no se presenten alegaciones al documento en el tiempo establecido por Ley, entraría en vigor.


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