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El abogado del TJUE dice que el IRPH puede ser abusivo, lo que obligaría a devoluciones millonarias de los bancos


Pedro Salvado Manzorro-Licenciado en Derecho [colaboraciones].-

El abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Maciej Szpunar, da la razón a los consumidores y cree que la cláusula IRPH puede considerarse abusiva. Dicho abogado, que presentó sus conclusiones ayer martes, 10 de septiembre, contradice así la Sentencia del Tribunal Supremo, que lo avaló en diciembre 2017 y declaró que la referenciación de una hipoteca a un tipo oficial como el IRPH, no implica falta de transparencia ni abusividad.

En concreto, Szpunar ha afirmado que una cláusula contractual que fija un tipo de interés, tomando como referencia uno de los seis índices oficiales legales que pueden ser aplicados por los bancos a las hipotecas con tipo variable, no está excluida del ámbito de aplicación de la Directiva 93/13, por tanto no está excluido del control de transparencia y abusividad, dado que es una norma imperativa de nuestro ordenamiento.

Además, dice que no opera el artículo 4.2 de la Directiva, puesto que España no lo ha transpuesto, por lo que no puede operar esa excepción y sí se puede examinar su contenido.

Por ende, si no se le expone al consumidor cómo se calcula el índice, no se recoge la definición completa de éste, ni se le enseña la evolución del mismo, dicha clausula es abusiva por falta de transparencia, debiéndose considerar nula, ya que el consumidor debe tener dicha información para tomar una decisión prudente y con conocimiento de causa.

DEVOLUCIONES MILLONARIAS DE LOS BANCOS

El abogado no entra en los efectos de la nulidad de esta cláusula, pero según la jurisprudencia europea conllevaría su expulsión del contrato y la restitución de las cantidades abonadas de más indebidamente. En principio, a la espera de la sentencia, los consumidores que hayan finalizado sus hipotecas, también podrían reclamar.

Se trata de unas conclusiones que, aunque no son vinculantes, en la mayoría de los casos el fallo de los jueces suele seguir la dirección marcada por los abogados generales.

La sentencia definitiva del Tribunal europeo se espera para finales de este año o principios de 2020. La banca (Caixabank, Santander, BBVA, Sabadell, Bankia, etc.) podría devolver hasta 44.000 millones de euros a los consumidores, según algunas estimaciones.

Es una muy buena noticia para el más de un millón de hipotecados afectados que tienen referenciado este índice, lo que les supondría una bajada importante en sus cuotas y la devolución de cantidades importantes –se estima unos 25.000 euros de media- si se confirma con la sentencia del TJUE que se publicará.

 

 

 

 

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