La “Asociación del IBI” pide la modificación de los recibos de este impuesto tras la anulación del PGOU
Ha enviado
un escrito a los grupos municipales en el que advierte de las consecuencias de
dicho fallo.-
La
Asociación Iniciativa Social por una Chiclana y
un IBI real ha remitido a los grupos municipales con representación en
nuestro Ayuntamiento, un escrito a raíz de la sentencia del TSJA que dicta la
anulación del Plan Urbanístico de Chiclana, y donde a los efectos fiscales, “los impuestos como el IBI y las Plusvalías, cambian
en muchos de los suelos que se contemplaban como urbanizables o suelos urbanos
no consolidados”.
Dice esta
entidad que “una vez sea firme dicha sentencia,
tras la ratificación de la misma por el Tribunal Supremo, la calificación de
dichos suelos quedara anulada y deberán ser considerados a efectos fiscales
como suelos rústicos, por tanto, para el presente ejercicio 2020 todos los
recibos que se emitan, deberán ser modificados por el Catastro y el Servicio de
Rentas”.
En el
punto séptimo de la sentencia se dice que “como
se puede observar con la aprobación parcial, no se determina ni se delimita el
suelo urbano, el urbanizable y el no urbanizable. Efectivamente se suspende la
propuesta de zonas de suelo urbano y áreas homogéneas de suelo urbano no
consolidado”.
Afirma la
Asociación por un IBI real que “la más que
previsible confirmación por el Tribunal Supremo de esta sentencia, va a tener
múltiples consecuencias para la ciudadanía”.
Recuerda
que la base imponible de este impuesto se basa en el valor catastral de los
inmuebles que, “depende de la clasificación del
suelo que le otorga el PGOU. De ahí que una vez gane firmeza la sentencia
anulatoria del Plan Urbanístico, la situación catastral de muchos inmuebles
cambiará y el IBI también debería cambiar”.
MODIFICACIÓN
CATRASTAL Y TRIBUTARIA
Propone
esta entidad que “en su momento, la Corporación
informe a la Dirección General del Catastro de la nulidad radical del PGOU y de
todos aquellos suelos que se hayan visto afectados”.
La
jurisprudencia del Tribunal Supremo considera que “son impugnables las liquidaciones del IBI que, de manera indirecta,
impugnen los valores catastrales que justificaron las bases imponibles, una vez
se haya anulado el Plan General. La anulación definitiva del PGOU y la entrada
en vigor de las NNSS harán que cambie la situación de muchas fincas a efectos
catastrales”.
Sigue
diciendo que “creemos que el Ayuntamiento, al
menos, se debería comprometer a difundir el procedimiento para que, aquellos
que estén afectados por la anulación del Plan General, puedan solicitar del
modo más sencillo posible las modificaciones catastral y tributaria, sin tener
que recurrir a procedimientos judiciales”.
Asegura
que “queda aún tiempo para que llegue la
firmeza, pero no hay tiempo que perder y por eso pedimos a los distintos grupos
municipales que dispongan todo cuanto sea preciso, para que cuando entre en
vigor el planeamiento anterior, las Normas Subsidiarias, se emita un nuevo
recibo para todos aquellos contribuyentes cuya situación urbanística haya
cambiado”.
Resalta en
el escrito que “es una cuestión de justicia y
también de dinero y los contribuyentes chiclaneros, asfixiados por el ansia
recaudatoria de este alcalde, se lo merecen”.
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