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Urbanismo realiza dos nuevos precintos de parcelaciones sin licencia en suelo rústico

Se han llevado a cabo en una parcela que se ha dividido en dos subparcelas en el camino de los Llanos y en otra parcela dividida en 20 subparcelas en el Pago de los Niños.-

En cumplimiento del Plan Municipal de Inspección Urbanística, el Ayuntamiento de Chiclana, a través de la delegación de Urbanismo, ha procedido al precinto de una nueva parcelación urbanística en el camino de Los Llanos, que se ha dividido en dos subparcelas, en las que se han instalado una casa prefabricada de madera, así como un contenedor con placas fotovoltaicas.

Aclara Urbanismo que la LISTA exige, tanto para las casas prefabricadas como para las denominadas mobile-home, la licencia municipal para su instalación. Además, para la venta de las casas prefabricadas se requiere presentar la licencia municipal. Asimismo, indicar que una reciente sentencia del Tribunal Supremo establece que para la instalación de las denominadas casas móviles se requiere licencia municipal por uso del suelo, por consiguiente se equiparan a las casas prefabricadas y no a los remolques.

Por otro lado, se ha procedido igualmente al precinto de actos parcelatorios y edificactorios de una parcelación urbanística en el Pago de Los Niños. La superficie supera los 14.000 metros cuadrados, y está dividida en unas 20 subparcelas de una media de 630 metros cuadrados cada una.

En dicho expediente se incluirán todas las obras llevadas a cabo hasta el momento del precinto, con independencia de las que aparecieran en su día en el acta de inspección. También se ha iniciado el restablecimiento de la legalidad urbanística, lo que implica la demolición de todas las obras hechas a cargo de los propietarios.

Con posterioridad se incoará el correspondiente expediente sancionador. Todo ello con independencia de las responsabilidades penales que pudieran existir. Para evitar nuevas parcelaciones, Urbanismo ha instalado carteles informativos en diferentes áreas del suelo rústico, en donde no se puede parcelar ni edificar.

 

 

 

3 comentarios:

  1. No se entiende, que el precinto se haya hecho en zonas "RUSTICAS", cuando los residentes por ejemplo en la zona de PAGO LOS NIÑOS, pagan contribución con calificación de "URBANO"- Que se incoe expediente o precinto por realizar obras sin licencia, de acuerdo, pero que dichos hechos se han efectuado en zona rustica , no es cierto. Esa zona esta calificada como URBANA, sin servicio de ningún tipo, pero en URBANO.

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  2. Entiendo que el pago del IBI no implica que la calificación urbanística del suelo sea Urbano. Si es ó no urbano lo determina la ordenación urbanística vigente en ese municipio.
    El IBI lo confecciona el Catastro dependiente de la Hacienda estatal, y específica el uso de ese suelo, agrícola, camino, improductivo, pastos, vivienda (lo que existe ese suelo, etc.). No da carta de legalidad urbanística a lo que hay en ese suelo.

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    1. Donde hay patrón, no manda marinero. Si hacienda cataloga, un ayuntamiento entra en conflicto si cataloga de otra forma y con ello da facilidad a un reclamante a interponer denuncia sobre ello, ya que instrumenta un agravio comparativo a su interés.

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