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La Junta amplía el plazo para que empresas y autónomos puedan solicitar sus ayudas


Va dirigido a apoyar la solvencia y la reducción del endeudamiento durante la pandemia, con ayudas que oscilan de los 3.000 a los 200.000 euros.-

 

La vicesecretaria de Empleo del Partido Popular anima a las empresas y autónomos locales a aprovechar la ampliación del plazo que ha concedido la Junta de Andalucía para solicitar las subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento generado durante la pandemia, que oscilan entre los 3.000 y los 200.000 euros.

 

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha ampliado hasta el próximo 30 de julio la convocatoria. Dicha ampliación se ha aprobado tras la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de una modificación del extracto de convocatoria de estas subvenciones, en que se considera que teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria existente y el número de solicitudes recibidas, y con la finalidad de apoyar al mayor número posible de empresas y autónomos, se considera oportuno sumar quince días al periodo que finalizaba el 15 de julio.

 

La Consejería es la encargada de tramitar las solicitudes, aplicando las medidas aprobadas por el Gobierno de España el pasado 12 de marzo, dotadas con 7.000 millones euros, de los que 1.109 (un 15,8%) corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

El gobierno de Juanma Moreno está demostrando su sensibilidad hacia quienes crean empleo. Estamos ante una Administración que desde el primer momento ha estado concediendo ayudas para contribuir a mantener la actividad y paliar pérdidas ocasionadas por la pandemia”, afirma el PP.

 

Los autónomos y empresas interesadas podrán solicitar las ayudas en dos fases. Una primera, cumplimentando un formulario en la web de la consejería de Empleo, denominado Solicitud de asistencia previa ante la AEAT... Se trata de una actuación previa a la solicitud formal, donde se recoge la autorización del solicitante para consultar los datos fiscales que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), ha de suministrar a la Junta de Andalucía para el cálculo de la subvención aplicable, en el caso de cumplir con los requisitos establecidos.

 

Las principales condiciones requeridas para ser beneficiario de estas ayudas son, básicamente, que la actividad económica se encuadre en uno de los más de 200 códigos CNAE recogidos en el anexo del DL 10/2021, no haber declarado pérdidas en 2019 y que las operaciones interiores por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019.

 

Además, los solicitantes han de tener sede en Andalucía, deben estar al corriente pago con la Seguridad Social y Hacienda, y no encontrarse en concurso de acreedores. Tanto empresas como autónomos deberán comprometerse a mantener la actividad, no el empleo, hasta el 30 de junio de 2022.

 

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