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El fallo sobre el IRPH, más próximo


PEDRO SALVADO MANZORRO-ABOGADO EN LA ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES REUNIDOS.-

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fijado para el próximo 25 de febrero la vista pública sobre la cuestión prejudicial planteada por el magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 38 de Barcelona sobre el IRPH.

Dicho magistrado consideró que la Sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, considerando válido el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) porque gozaba de transparencia y no era abusivo, vulneraba, de hecho, la legislación comunitaria en materia de protección de consumidores en productos financieros.

Dicha sentencia tenemos que recordar que contaba con el voto de dos magistrados discrepantes, el Magistrado Francisco Javier Orduña Moreno y el Magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas, donde formularon un voto particular donde concluían que de conformidad con la legislación y jurisprudencia comunitaria el IRPH debería de considerarse nulo por no cumplir las exigencias de transparencia, debiéndose sustituir el IRPH por el EURIBOR.

En este procedimiento ya la Comisión Europea, emitió un informe de observaciones donde se alineó a favor de los clientes afectados por el IRPH, que en España se calculan en el millar, situándose en sentido contrario a la precitada sentencia del Tribunal Supremo.

DEVOLUCIÓN DE MILES DE MILLONES DE EUROS

Tras llevarse a cabo la vista el 25 de febrero, el Abogado General designado del TJUE, Maciej Szpunar, hará públicas sus conclusiones, no siendo vinculantes para los magistrados que posteriormente emitirán la sentencia definitiva. Por tanto, se calcula que aproximadamente en el verano del presente año conoceremos dicha sentencia.

Ante ello, y tras un informe de Goldman Sachs, en el que cuantificaba que la banca española tendría que devolver entre 7.000 y 44.000 millones de euros por el IRPH en el caso que la sentencia sea favorable para los afectados, las entidades en muchas ocasiones están intentando modificar el índice de referencia pero sin devolución de cantidad alguna.

Por lo tanto, recomendamos que antes de tomar una decisión o firmar un acuerdo ante la entidad bancaria, consulten a un especialista en derecho bancario para que a los consumidores no se le vulneren sus derechos.

Y es que recordemos que su anulación aliviaría cuantiosamente las cuotas mensuales de los consumidores afectados, recuperando miles de euros cobrados indebidamente cada afectado.

 

 

 

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