El fallo sobre el IRPH, más próximo
PEDRO
SALVADO MANZORRO-ABOGADO EN LA ASOCIACIÓN DE
CONSUMIDORES REUNIDOS.-
El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fijado para el próximo 25 de
febrero la vista pública sobre la cuestión prejudicial planteada por el
magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 38 de Barcelona sobre el IRPH.
Dicho
magistrado consideró que la Sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del
Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, considerando válido el Índice de
Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) porque gozaba de transparencia y no
era abusivo, vulneraba, de hecho, la legislación comunitaria en materia de
protección de consumidores en productos financieros.
Dicha
sentencia tenemos que recordar que contaba con el voto de dos magistrados
discrepantes, el Magistrado Francisco Javier
Orduña Moreno y el Magistrado Francisco
Javier Arroyo Fiestas, donde formularon un voto particular donde
concluían que de conformidad con la legislación y jurisprudencia comunitaria el
IRPH debería de considerarse nulo por no cumplir las exigencias de
transparencia, debiéndose sustituir el IRPH por el EURIBOR.
En este
procedimiento ya la Comisión Europea, emitió un informe de observaciones donde
se alineó a favor de los clientes afectados por el IRPH, que en España se
calculan en el millar, situándose en sentido contrario a la precitada sentencia
del Tribunal Supremo.
DEVOLUCIÓN DE MILES DE MILLONES DE EUROS
Tras
llevarse a cabo la vista el 25 de febrero, el Abogado General designado del
TJUE, Maciej Szpunar, hará públicas sus
conclusiones, no siendo vinculantes para los magistrados que posteriormente
emitirán la sentencia definitiva. Por tanto, se calcula que aproximadamente en
el verano del presente año conoceremos dicha sentencia.
Ante ello,
y tras un informe de Goldman Sachs, en el
que cuantificaba que la banca española tendría que devolver entre 7.000 y
44.000 millones de euros por el IRPH en el caso que la sentencia sea favorable
para los afectados, las entidades en muchas ocasiones están intentando
modificar el índice de referencia pero sin devolución de cantidad alguna.
Por lo
tanto, recomendamos que antes de tomar una decisión o firmar un acuerdo ante la
entidad bancaria, consulten a un especialista en derecho bancario para que a
los consumidores no se le vulneren sus derechos.
Y es que
recordemos que su anulación aliviaría cuantiosamente las cuotas mensuales de
los consumidores afectados, recuperando miles de euros cobrados indebidamente
cada afectado.
esperemos que europa nos de lo que nos quita el supremo
ResponderEliminarseria un gran alivio
ResponderEliminarya esta mas cerca deseando estoi
ResponderEliminarpos ave porque aqui siempre nos fastidia
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