Ascensión Hita: "Procuradores y abogados chiclaneros cobrarán antes los servicios prestados a la Junta"
El Consejo de Gobierno autonómico ha dado luz verde a un decreto que “establece un sistema de abono a abogados y procuradores mucho más eficaz”.-
El Partido Popular celebra el acuerdo adoptado por el Consejo
de Gobierno de la Junta de Andalucía, que ha dado luz verde a un decreto que “establece un sistema de abono a abogados y
procuradores mucho más eficaz”. Según la portavoz de la formación, Ascensión Hita, “este
paso permitirá que cobren antes los servicios prestados”.
El decreto aprobado modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica
Gratuita de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, con el objetivo de agilizar los pagos a estos profesionales prestan este
servicio en Andalucía. El nuevo sistema, mucho más eficaz, comenzará a
aplicarse una vez que entre en vigor la norma, tras su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
La presidenta de los populares chiclaneros destaca que “la reforma del reglamento tiene por objeto
simplificar y agilizar la tramitación del abono de las compensaciones
económicas, por los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita, tanto por las
actuaciones profesionales realizadas en el turno de guardia para atender a la
persona investigada o detenida, como por la defensa y representación gratuitas
en el turno de oficio, así como por el coste que genera a los colegios
profesionales el funcionamiento de este servicio”.
El nuevo reglamento y, por tanto, su aplicación en el sistema de
pagos, entrará en vigor tras la publicación en el BOJA, lo que permitirá abonar
el segundo trimestre de este año con estas nuevas pautas.
CAMBIOS EN TRES ASPECTOS ESENCIALES
Hita subrayó que los cambios en el marco normativo afectan a tres
aspectos esenciales. En primer lugar, se modifican los trámites de gestión en
las fases de autorización y de compromiso o disposición del gasto.
Actualmente, el procedimiento vigente establece que en aquellos
casos en los que las certificaciones trimestrales de las actuaciones realizadas
sean incompletas o cuando alguna de ellas requiera de subsanación, se procederá
a la suspensión de la autorización del gasto hasta que sea justificada ante la
Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación. Es decir, no permite abonar aquellas otras certificaciones que no
necesitan de subsanación alguna, con el consiguiente retraso en su abono a
todos los profesionales.
Por este motivo, se modifican los trámites necesarios para la
autorización y disposición del gasto, con objeto de permitir la tramitación
separada de las actuaciones que hayan sido verificadas de conformidad y de
aquellas que vayan siendo subsanadas.
MÁS MODIFICACIONES
Además, se modifica el artículo que condiciona la
compensación económica a los colegios profesionales por el funcionamiento del
servicio a la tramitación conjunta de las certificaciones trimestrales
presentadas.
En segundo lugar, se separa y simplifica la determinación de los
módulos y bases que son utilizados para calcular la compensación que
corresponde a los profesionales por las actuaciones realizadas, por lo que
pasaran a tener consideración como acto administrativo.
Por último, también se modifica y se establece en el 8% el límite
máximo para el cálculo de la compensación económica que reciben los colegios
profesionales, por los gastos de funcionamiento de los servicios de Asistencia
Jurídica Gratuita, en línea con el incremento dispuesto en las leyes del
presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los últimos ejercicios.
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