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La promotora del “Concert Music Festival 2023” denunciada por “FACUA” por impedir el acceso con comida y bebida

Exige a la Consejería de Salud y Consumo y al Ayuntamiento que abran expediente sancionador, por las posibles infracciones denunciadas del 30 de junio al 19 de agosto.-

FACUA Cádiz ha denunciado a la empresa Concert Tour Gestiones SL, por las cláusulas abusivas que impone a los asistentes a los conciertos que se llevan a cabo en el poblado de Sancti Petri en Chiclana desde el pasado  30 de junio y que finalizarán el 19 de agosto con el nombre Concert Music Festival (CMF), al impedir el acceso con comida y bebida del exterior al recinto.

 

Dicha entidad envió escritos al servicio de consumo de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Chiclana, para salvaguardar los derechos de los consumidores, ante las posibles infracciones que se están cometiendo durante la celebración de estos conciertos, que tiene al Consistorio chiclanero como coorganizador, y apoyos de la Diputación de Cádiz (le ha concedido 360.500 euros) y la Junta de Andalucía, a través de la cuál recibe Fondos Europeos.

 

FACUA Cádiz recuerda el derecho que asiste a los asistentes de introducir comidas y bebidas del exterior, y advierte que esta prohibición para el acceso al recinto no es necesaria para la correcta consecución de la actividad comercializada, por lo que insta a las administraciones municipal y autonómica a investigar los hechos denunciados y abrir procedimiento sancionador a la empresa promotora del Concert Music Festival.

 

Viendo  el trato de favor del alcalde, José María Román, hacia este festival, al que le ha puesto alfombra de oro, además de entregarle 60.000 euros por edición, no cobrarle por el suelo que utiliza como sí lo hace con los feriantes en la Feria de San Antonio, por ejemplo, dudamos que haga algo.


 UN FESTIVAL EN EL OJO DEL HURACAN

 

O aprobando el decreto 4149 de 27/7/2018 que autorizaba los conciertos con la excepción de cumplimiento de la normativa acústica, recurrido por la Asociación de Vecinos Costa Sancti Petri ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que lo anuló, obligando al Ayuntamiento a que tenga que redactar uno nuevo, en el que ajuste los niveles de ruido a la normativa en vigor, que no permite la excepción que hizo con el CMF, con lo que el festival queda tocado por su ilegalidad.

 

 Recordar así mismo que la Asociación por un IBI Real denunció ante el Juzgado contencioso administrativo nº 4 de Cádiz, la entrega de 440 entradas a cambio de ese patrocinio, recurso que fue admitido a trámite, por lo que veremos qué pasa al final. Son cuatro ejemplos que demuestran la forma de actuar de Román y el PSOE.

 

Lo que tampoco se entiende es que su compañero de gobierno, Roberto Palmero (IU), concejal de Medio Ambiente, no haya dicho nada al respecto sobre este asunto, porque le pega de lleno. Es que ni ha respingado con todo esto que les hemos contado, cuando debería darle a socio un tirón de orejas por todo lo que está haciendo mal e ilegal.

 

Respecto a la denuncia de FACUA, ésta señala que en la web del Concert indican que no está permitido el acceso con comidas o bebidas procedentes del exterior del recinto, permitiendo el acceso con agua, pero siempre en envase de plástico sin tapón y con capacidad no superior a 50cl. No está permitido el acceso con bebidas alcohólicas ni envases de cristal. En el caso de la comida, si se permiten alimentos para casos especiales y justificados de alergias o intolerancias o comida para bebés.

 


INFRACCIÓN GRAVE DEL CONCERT MUSIC

Advierte FACUA que en caso de no rectificar, “la empresa podría incurrir en una infracción grave conforme al artículo 20 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, que regula las infracciones graves”.

 

El apartado 9 establece entre estas infracciones la utilización de las condiciones de admisión de forma discriminatoria, arbitraria o con infracción de las disposiciones que lo regulan, por parte de los titulares o empleados de los establecimientos destinados a espectáculos públicos o actividades recreativas”.

 

Cita también el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, donde se recoge que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

 

El apartado 8 establece que son derechos básicos de los consumidores y usuarios la protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular frente a las prácticas comerciales desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.

 

EL MINISTERIO DE CONSUMO ABRE EXPEDIENTE SANCIONADOR

 

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN)-, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una cláusula abusiva ya que el consumidor se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida”.

 

Señalar que esta asociación ha presentado denuncias en casi todo el territorio español por este mismo motivo, donde en algunos de esos lugares las comunidades autónomas y ayuntamientos han abierto expediente sancionador a las empresas que organizan los conciertos. Otros han preferido dejarlo en manos del Ministerio de Consumo, que es el que tiene la competencia y ha empezado a trabajar al respecto.

 

Ha incoado su primer expediente sancionador. Se trata de la empresa DQG Norte, AIE, organizadora del Reggaeton Beach Festival, que tiene lugar en once ciudades españolas. El Ministerio ha asumido la potestad sancionadora de la que se dotó con una reciente reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Reforma que se produjo atendiendo las reivindicaciones trasladas por FACUA.

 

 

6 comentarios:

  1. Son todo irregularidades por parte del ayuntamiento y de los promotores. Los vecinos de las urbanizaciones cercanas están hartos y el poblado privatizado en fin de semana.
    Se pueden sumar más ilegalidades de este ayuntamiento, el parque que público de la Loma y el Atenas.

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  2. El día que ocurra una tragedia en el embudo aquel,se lamentarán las víctimas y el alcalde y sus chupa culos no les ocurrirá nada

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  3. A ver que dicen los vecinos de Costa Santi Petri quye estan a favor de los conciertos y le lamen el trasero a Román, un tal Lechuga incluido que para mas inri fue concejal del PP. las mentiras y las ilegalidades tienen las patas muy cortas.

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  4. Por no hablar de los bares y restaurantes ilegales que hay en el poblado

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  5. Román, tu amigo Casilla va a tener que cerrar el chiringuito y llevarlo a otro lado como no cumpla la ley. Al tiempo. Y tú también. Alguien tiene que pararte los pies ya.

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  6. Lo venden como SOSTENIBLE, creando ese nivel de ruido acústico, coches, destrozo de la marisma para aparcamientos justo en el centro del Parque Natural Bahía de Cádiz. El Concert Music Festival, "El Cuartel Del Mar" y otros tantos chiringuitos del alcalde tienen INFORME DESFAVORABLE de la Junta de Andalucia, pero siguen abiertos incumpliendo sistemáticamente la ley.

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